2. Consulta sus precios, menús, ofertas y presupuestos para la celebración de tu boda. Referencia: expediente ICC-4011 Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías y Conocimiento de Leticia (Amazonas) y el Juzgado Primero Civil Municipal de Popayán (Cauca). I.    ANTECEDENTES 1. Auto 163/21 RECUSACION DE PROCURADOR GENERAL DE LA NACION EN PROCESO DE CONSTITUCIONALIDAD-Competencia de la Sala Plena RECUSACION DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION EN PROCESO DE CONSTITUCIONALIDAD-Falta de legitimación para formularla Referencia: Expediente D-13887. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. Referencia: Expediente RE-265 El 10 de diciembre de 2019, el Juez Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Valledupar, Cesar, llevó a cabo audiencia de formulación de imputación en contra de SamFicha, A300-22 Una iniciativa que […] Magistrado Ponente: Auto 061/21 CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Factor territorial CONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto Referencia: Expediente ICC-3951 Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 24 Civil Municipal de Cali y el Juzgado 2° Civil Municipal de Palmira Magistrado sustanciador : ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Bogotá D. C., dieciocho (18) de febrero de dos mil veintiuno (2021) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y de los requisitos y trámites establecidos en el Decreto 2591 de 1991, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. Ahora puede usar conectores como AND, OR y AND NOT , colocando siempre las frases entre comillas. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del Artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente "La industria del espectáculo masivo debe mejorar sí o sí sus estándares de profesionalidad", dijo el director nacional del Sernac, Andrés Herrera. AUTO CRISTINA PARDO SCHLESINGER Información. Magistrado Sustanciador: JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS Bogotá D.C., veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiuno (2021) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I.    ANTECEDENTES 1. Recepciones El Tambo. Auto 480/22 Referencia: Expediente T-8.301.427 Acción de tutela instaurada por Bernardo Hoyos Montoya en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla Magistrado Sustanciador: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá, D.C., treinta (30) de marzo de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, CONSIDERANDO 1. La señora Verónica Camargo Santos trabajó en el Juzgado Segundo Laboral de Cúcuta entre el 18 de septiembre de 1993 y el 8 de septiembre de 2001 y, durante ese tiempo, estuvo afiliada a la Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal). Auto 282/21 CONFLICTO APARENTE DE COMPETENCIA-Jurisdicción ordinaria y jurisdicción especial indígena 13.cl 2014. 248 del código civil), expedido por el centro de salud, posta, clínica u otro; el médico de medicina general colegiado es el profesional responsable de otorgar la certificación clara con firma y … Iglesia. Auto 281/21 CONFLICTO APARENTE DE COMPETENCIA-Jurisdicción ordinaria y jurisdicción penal militar I. ANTECEDENTES 1. 2. Dora Cecilia Mejía Gómez[1], a través de apoderada, presentó acción de tutela en contra de Adolfo Rodríguez Gantiva y la Alcaldía de Palmira. ¿Cuánto cuesta el alquiler del local en Recepciones El Tambo para celebrar un matrimonio? Auto 402/20 Magistrada ponente : CRISTINA PARDO SCHLESINGER Bogotá D. C., nueve (9) de junio de dos mil veintiuno (2021) Asunto: suspensión de términos Magistrados sustanciadores: DIANA FAJARDO RIVERA ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá D.C., nueve (9) de marzo de dos mil veintidós (2022). CONFLICTO DE COMPETENCIA APARENTE-Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó Sentencia C-370 de 2021 Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 21 (parcial) del artículo 22 de la Ley 1862 de 2017, “[p]or la cual se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar”. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, la prevista por el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. 2. Auto 120/21 Magistrado Sustanciador: ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Referencia: Expediente CJU-00065 en contra de la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena (T-8.109.293). Ficha, A021-21 Magistrado sustanciador: JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS. Auto 158/21 SOLICITUD DE ACUMULACION DE PROCESOS DE CONSTITUCIONALIDAD-Improcedencia por cuanto la solicitud se presentó después de realizado el reparto de los expedientes Referencia: Expediente D-13957 Asunto: Solicitud de acumulación de los expedientes D-13957, D-14172 y D-13915 Solicitante: Harold Eduardo Sua Montaña Magistrado Sustanciador: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá D.C., quince (15) de abril de dos mil veintiuno (2021) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y en cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en el Decreto 2067 de 1991, profiere el siguiente auto para resolver la solicitud de acumulación presentada por el ciudadano Harold Eduardo Sua Montaña , de conformidad con los siguientes, I.                  ANTECEDENTES A.               Expediente D-13915 1. Lo anterior, con ocasión de las decisiones adoptadas por la accionada en el marco del medio de control de nulidad electoral. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las previstas por los artículos 167 y 241.8 de la Constitución Política, ha proferido el siguiente AUTO Sobre el trámite de las objeciones gubernamentales al proyecto de ley No. Asunto: Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Guadalajara de Buga y la Jurisdicción Especial para la Paz – JEP. Auto 101A/21 IMPEDIMENTO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION-Aceptar por intervención en la expedición de la norma acusada Expediente D-14015 Demandante: Augusto Gutiérrez Camacho Asunto: Demanda de inconstitucionalidad en contra del parágrafo transitorio (parcial) del artículo 3 de la Ley 2024 de 2020 Magistrado Sustanciador: ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Referencia: Resuelve impedimento presentado por la Procuradora General de la Nación Bogotá D.C., cuatro (4) de marzo de dos mil veintiuno (2021) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en uso de las facultades constitucionales y legales, procede a resolver la solicitud presentada por la señora Procuradora General de la Nación quien, alegando una causal de impedimento, solicita ser relevada del deber de rendir concepto en el presente juicio de constitucionalidad. Magistrada sustanciadora: CRISTINA PARDO SCHLESINGER Bogotá, veintitrés (23) de junio de dos mil veintiuno (2021). Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Primera, Subsección B y el Juzgado Treinta y Cuatro Laboral del Circuito de Bogotá. Auto 100A/21 IMPEDIMENTO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION-Aceptar por intervención en la expedición de la norma acusada Expediente D-13.801 Demandante: Milton José Pereira Blanco y Enrique del Río González Asunto: Demanda de inconstitucionalidad en contra del contra el artículo 2º (parcial) de la Ley 2014 de 2019, "por medio de la cual se regulan las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra la Administración pública, así como la cesión unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones". Fecha del sorteo: 29/12/2022. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias legales y constitucionales, en especial las previstas en los artículos 64[1] y 65 [2] del Reglamento Interno de esta Corporación (Acuerdo 02 de 2015), y 1. Auto 315/21 CONFLICTO DE COMPETENCIA ENTRE JURISDICCIONES-Presupuesto subjetivo En opinión de laFicha, A211-21 Auto 368/20 A390-20 Auto 390/20 INCIDENTE DE DESACATO-Improcedencia respecto de providencias proferidas en desarrollo del control de inconstitucionalidad CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD-Carácter abstracto SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL-Valor de cosa juzgada constitucional y obligatorio cumplimiento para autoridades y particulares Referencia: Expediente … Ahora bien, el oficio preventivo hecho por Sernac implica que las productoras y ticketeras informen el calendario de eventos ya planificados para 2023, los recintos en que se realizarán, la cantidad de entradas que se pondrán a la venta y los protocolos de seguridad, medidas de higiene y puntos de hidratación con los que cuentan, entre otros antecedentes. I.     CONSIDERACIONES[1] 1. Ir al … La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales profiere el siguiente, AUTO I. ANTECEDENTES Hechos 1. Referencia: ExFicha, A060-21 La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto Estatutario 2591 de 1991 y el Reglamento Interno de esta Corporación, profiere el siguiente auto: I.                  ANTECEDENTES 1. El 23 de enero de 2019, la señora Ana Coronado Castro radicó una petición[1] ante la Secretaría de Educación del municipio de Soledad (Atlántico), solicitando el cumplimiento de una sentencia judicial proferida a su favor. El matrimonio es un acto jurídico que busca la unión de dos personas mediante formalidades legales a fin de conformar una familia en tal sentido, se anunció que para el mes de octubre cinco uniones civiles han sido programadas por la oficina de Registro Civil de la municipalidad de Cajamarca. Auto 299/21 RECUSACION CONTRA PROCURADOR GENERAL DE LA NACION EN PROCESO DE CONSTITUCIONALIDAD-Competencia de la Sala Plena RECUSACION-Requisitos Esta Corporación precisó las reglas aplicables al estudio de pertinencia de las recusaciones que se presenten en sede de control abstracto de constitucionalidad, a saber, (i) la legitimación de quien recusa, (ii) la temporalidad de la recusación y (iii) la satisfacción de la carga argumentativa. Magistrado Ponente: Dr. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Santa Fe de Bogotá, D.C., julio veintiuno (21) de mil novecientos noventa y ocho (1998) Aprobada por acta Nº 29 La Sala Plena de la Corte Constitucional, integrada por su Presidente Vladimiro Naranjo Mesa, y por los Magistrados Alfredo Beltrán Sierra, Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos Gaviria Díaz, José Gregorio Hernández Galindo, Hernando HFicha, A215-21 Expediente TFicha, A230-21 Elige el tuyo y encuentra tu tienda más cercana. Magistrada Ponente: GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO Bogotá, D. C., dieciocho (18) de febrero de dos mil veintiuno (2021). La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales profiere el siguiente AUTO I. ANTFicha, A014-21 CONFLICTO APARENTE DE JURISDICCION-Corte se inhibe y devuelve la actuación judicial al funcionario de conocimiento Referencia: Expediente CJU-476 Si te interesa participar con tu pareja, sigue leyendo. Expediente: T-7.372.401 Referencia: Acción de tutela interpuesta por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) contra el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó y el Tribunal Administrativo del Chocó. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I. ANTECEDENTES 1. Expediente: D-14.449 Demandante: Danilo Mendoza Martínez Traducido en idioma español. LoFicha, A248-21 Bogotá, D.C., quince (15) de abril de dos mil veintiuno (2021). Bogota, D.C., doce (12) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). A737-21 Acción de tutela interpuesta por José de Jesús Naizaque Puentes y otros contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. A su parecer, la parte demandada vulneró su derecho fundamental de petición, puesFicha, A134-21 El 2 de septiembre de 2021, el señor Jorge Aquiles Chica Alean fue aprehendido por miembros del GAULA con ocasión de la investigación penal que se adelanta en su contra por el delito de «acceso carnal violento con menor de 14 años», presuntamente cometido cuando era gobernador del cabildo Indígena Zenú de Tierra Santa de Montelíbano, Córdoba. ¿En qué tipo de cocina es especialista Recepciones El Tambo? un matrimonio colectivo. Mediante la citada sentencia, esta Corte declaró la inexequibilidad del artículo 121 de la Ley 488 de 1994, el cual permitía al Gobierno Nacional fijar por vía de Decreto la sobretasa a la gasolina. Referencia: Expediente ICC-4004 Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Once Penal del Circuito de Bogotá, Sexto de Familia del Circuito de Cartagena, Promiscuo Municipal de Santa Rosa de Lima Norte y Décimo Segundo Administrativo Oral del Circuito de Cartagena. Los novios que desean recabar mayor información para participar del evento deberán de acercarse en horario de oficina al área de Registro Civil, ubicado en el segundo piso de la comuna tambina. Ficha, A037-98 A uto 677/ 2 2 Referencia: expediente CJU-979 Conflicto de jurisdicciones entre la Fiscalía 34 Local de Sibundoy (Putumayo) y el Cabildo Indígena Inga de Santiago (Putumayo). 228 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito, dependencia de la Unidad de Vida e Integridad Personal, formuló imputación de cargos al patrullero de la Policía Nacional, Gonzalo Moreno Gordillo, por el delito de homicidio agravado[1], a título de dolo directo[2]. Solicitó (i) quFicha, A257-21 S/ 11.90. Siguiendo la tradición de las bodas al estilo huanca, los novios que se inscriban al "Casaracuy 2014" recibirán palpa y regalos de parte de la legión de padrinos que serán encabezados por el alcalde del distrito y sus regidores. Además dio alcance sobre los requisitos para contraer. © Corte Constitucional de Colombia - Nov 2019. Magistrado sustanciador: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá, D.C., nueve (9) de marzo de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto 2591 de 1991 y el Reglamento Interno (Acuerdo 02 de 2015), profiere el siguiente auto CONSIDERANDO 1. Magistrada sustanciadora: CRISTINA PARDO SCHLESINGER Bogotá, D. C., cuatro (4) de febrero de dos mil veintiuno (2021). 1. Combo 02 Hamburguesa Parrillera Tambo + 02 Gaseosa Zero 300 ml (Coca Cola/Inca Kola) S/ 17.80. El 26 de marzo de 2021, la Secretaría Judicial de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial dispuso remitir a la Corte Constitucional el conflicto de jurisdicciones radicado bajo el número 11001010200020200105600[1] suscitado entre el Juzgado Treinta y Cuatro Laboral del Circuito de Bogotá y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Primera, Subsección B, en el marco del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho (rad.Ficha, A239-22 Señaló que fue contraFicha, A1598-22 Auto 037/98 IMPEDIMENTO EN SALA DE REVISION DE TUTELA-Pluralidad mínima para deliberar y decidir En el evento de presentarse y aceptarse el impedimento de uno de los integrantes de la Sala, no es necesario nombrar un conjuez, habida consideración del hecho de que subsiste la pluralidad mínima para deliberar y decidir, en los términos del artículo 54 de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia. El señor Andrés Felipe Jaramillo Bedoya interpuso acción de tutela contra la Secretaría de Tránsito y Transporte de Popayán, Cauca. Referencia: Expedientes D-14317 y D-14319 (acumulados). Magistrado sustanciador: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá D.C., once (11) de mayo de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. Magistrado Sustanciador: ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Bogotá, D.C. , diecisiete (17) de junio de dos mil veintiuno (2021) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I. ANTECEDENTES 1. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere el siguiente Auto, con fundamento en: CONFLICTO DE COMPETENCIA EN TUTELA-Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto Magistrado ponente: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá D.C., nueve (09) de marzo de dos mil veintidós (2022). En el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Guadalajara de Buga se adelanta el proceso con radicado No. El 3 de septiembre de 2021, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de la Apartada, Córdoba, en audiencias concentradas, realizó las siguientes actuacioneFicha, A322-22 Auto 657/22 Referencia: expediente ICC-4185 Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Tercero Administrativo del Circuito de Cartagena y Promiscuo de Familia de Sabanalarga (Atlántico) Magistrado sustanciador: ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Bogotá D.C., once (11) de mayo de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente  AUTO I. ANTECEDENTES 1. Además, que los jueces de tutela tienen la competencia especial para modular las órdenes emitidas, con el fin de asegurar el goce efectivo del derecho amparado cuando, entre otras, evidencie que la orden es de imposible cumplimiento. elcomercio.peperu21.pegestion.peojo.peperu.comdepor.comtrome.petrome.comlaprensa.peecomedia.peperured.peclubelcomercio.peclasificados.pemagperuquiosco.pepublifacil.pemediakitgrupoelcomercio.com. Referencia: Expediente CJU-676. El señor Práxedes Antonio Pirela, ciudadano venezolano residente en el municipio de Neira, Caldas, presentó acción de tutela en contra de Migración Colombia, la Dirección Territorial de Salud de Caldas, la Secretaría de Salud de la Alcaldía de Neira, Caldas y laFicha, A058-21 El 8 de febrero de 2021, Mercedes Horta en calidad de agente oficiosa del señor Gilberto Cortes Lara interpuso acción de tutela en contra de la Nueva E.P.S., al considerar vulnerados los derechos fundamentales a la salud y a la vida en condiciones dignFicha, A133-21 CONFLICTO DE COMPETENCIA ENTRE JURISDICCIONES-Incumplimiento del presupuesto subjetivo CONFLICTO DE COMPETENCIA ENTRE JURISDICCIONES-Inexistencia 1. El 23 de abril de 2021, el ciudadano Sebastián Ramírez Jaramillo presentó acción popular en contra del notario del municipio de Obando (Valle del Cauca). Recepciones El Tambo es un local destinado a la realización de eventos sociales íntimos. Auto 655/22 Referencia: Expediente ICC- 4163 Conflicto aparente de competencia en materia de tutela suscitado entre la Sala Unitaria Civil – Familia y la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira.
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